Artículo 321 del Código Civil de Aguascalientes
Libro primero.. De las personas. · Titulo sexto.. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar. · Capitulo i.. Del parentesco.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo el progenitor.