Artículo 283 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Séptimo. Del parentesco, los alimentos y la violencia familiar · Capítulo Primero. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones o por el de las personas, excluyendo al progenitor.