Artículo 279 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Séptimo. Del parentesco, los alimentos y la violencia familiar · Capítulo Primero. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
El parentesco que nazca de la adopción surtirá los mismos efectos jurídicos que los existentes entre familiares consanguíneos. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)