Artículo 275 del Código Civil de Tamaulipas
Libro primero. De las personas · Título cuarto. Del parentesco, de los alimentos y de la violencia familiar · Capítulo I. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones o por el de las personas, excluyendo al progenitor.