Artículo 384 del Código Civil de Guerrero
Libro segundo. De la familia · Titulo primero. De las Relaciones y de las Obligaciones Familiares · Capítulo II. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo al progenitor.