Artículo 164 del Código Penal de Aguascalientes
Libro segundo · Parte especial · Título primero. Figuras típicas dolosas · Capítulo X. Tipos Penales Protectores de la Administración Pública
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Ejercicio indebido del propio derecho. El Ejercicio Indebido del Propio Derecho consiste en el empleo de la violencia física o moral, la furtividad, el hostigamiento o la intimidación para hacer efectivo un derecho o pretendido derecho que puede ejercitarse por vía legal.
(REFORMADO, P.O. 7 DE NOVIEMBRE DE 2016)
Al responsable de Ejercicio Indebido del Propio Derecho se le aplicarán de 6 meses a 3 años de prisión y de 15 a 40 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Si el Ejercicio Indebido del Propio Derecho se usó para lograr el pago de una deuda o supuesta deuda, se aplicarán de 9 meses a 3 años con 6 meses de prisión, de 30 a 60 días multa y el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.