Artículo 266 del Código Penal de Coahuila
Ejercicio ilegal del propio derecho
Libro Segundo · Parte especial · Título Duodécimo. Delitos contra la paz y la identidad personales, y contra la inviolabilidad del domicilio · Capítulo Primero. Amenazas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
Se impondrá de tres meses a un año de prisión o de cincuenta a cien días multa, a quien para hacer efectivo un derecho o pretendido derecho que deba hacer valer por la vía legal, lo ejercite empleando violencia física.
El ejercicio ilegal del propio derecho será incompatible con los casos de exceso en el ejercicio del derecho como modalidad atenuante de tipos penales delictivos que lo admitan, o respecto de aquellos tipos penales que impliquen dicho ejercicio ilegal.