Artículo 332 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo octavo. Delitos cometidos en la procuración y administración de justicia · Capitulo VII. Ejercicio indebido del propio derecho
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Al que para hacer efectivo un derecho o pretendido derecho que debe ejercitar por vía legal, empleare violencia, se le aplicará prisión de tres meses a tres años y de 10 a 40 días multa. Este delito se perseguirá a petición de parte ofendida.