Artículo 56 del Código Penal de Aguascalientes
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Consecuencias juridicas del delito · Capítulo V. Decomiso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Decomiso. El decomiso consistirá en la pérdida de la propiedad, a favor de las víctimas u ofendidos y/o del Estado, de los bienes relacionados con el hecho punible o de los utilizados como instrumento para cometerlo.
El destino de los bienes decomisados atenderá a lo establecido por el Artículo 71 de este Código.