Artículo 1170 del Código Civil de Baja California Sur
Libro segundo. De los bienes · Titulo séptimo. De la prescripción · Capitulo IV. De la suspensión de la prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
La prescripción puede comenzar y correr contra cualquiera persona, salvo las siguientes restricciones.