Artículo 1336 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Cuando el testador, el heredero o el legatario sólo tengan cierta parte o derecho en el bien legado, se restringirá el legado a esa parte o derecho si el testador no declara de un modo expreso tener conocimiento que el bien era parcialmente de otro, y que, no obstante esto, lo legaba por entero.