Artículo 1445 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo III. Del testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
El poder para la entrega y para la extracción del testamento debe otorgarse en escritura pública, y esa circunstancia se hará constar en la razón de depósito o extracción respectiva.