Artículo 1446 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo III. Del testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Luego que el Juez reciba un testamento cerrado, hará comparecer al notario público y a los testigos que concurrieron a su otorgamiento.