Artículo 181 del Código Civil de Baja California Sur
Libro primero. De las personas · Titulo quinto. Del matrimonio · Capitulo VI. De la sociedad conyugal
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
El régimen de sociedad conyugal consiste en la formación y administración de un patrimonio común a los cónyuges, diferente de sus patrimonios propios.