CPBCS · Art. 183 Quáter

Artículo 183 Quáter del Código Penal de Baja California Sur

Libro segundo · Parte especial · Título quinto. Delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual · Capitulo iv ter. Delitos contra la intimidad sexual

Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 10 de octubre de 2026

Violación a la intimidad sexual. Comete el delito de violación a la intimidad sexual, quien:

I.Divulgue, comparta, distribuya, publique o solicite la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido erótico sexual, por cualquier medio ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.

II.Divulgue, comparta, distribuya, publique o solicite por cualquier medio el contenido íntimo o sexual, sin el consentimiento de la víctima.

Esta conducta se sancionará de tres a seis años de prisión y multa de mil a dos mil días multa al momento de que se cometa el delito.

Este delito se perseguirá por querella de la víctima, salvo que sea niña, niño, adolescente o persona con discapacidad que vicie su consentimiento en cuyo caso se perseguirá de oficio.

En caso de que este contenido sin consentimiento sea difundido o compilado por medios de comunicación o plataformas digitales, la autoridad competente ordenará a la empresa de prestación de redes sociales o medio de comunicación a retirar inmediatamente el contenido.

En el caso de que el sujeto activo tenga relación de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, con la víctima u ofendido, o bien que estos últimos se encuentren bajo la guarda o custodia del sujeto activo, la pena se incrementará hasta en una tercera parte.

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Última reforma
(Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur)
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Pendiente de verificar

  • 24 notas de reforma de encabezados ('Capítulo adicionado BOGE …', 'Denominación del Capítulo reformada BOGE …') se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • Texto tomado del .doc oficial del Congreso (Word 97; el Congreso no publica PDF de este código), convertido a texto con textutil (macOS); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado/pie de página de Word que textutil agrega al final (nombre del código, «H. Congreso del Estado de Baja California Sur / Oficialía Mayor / Departamento de Apoyo Parlamentario / Última Reforma BOGE …», número de página).
  • Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado BOGE 14-06-2022') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.
  • El epígrafe del artículo ('Artículo 1. Principio de legalidad. A nadie …') se conserva dentro del texto, como lo imprime la fuente.
  • La fuente indica en su portada: 'Declaratoria de invalidez de artículo por Sentencia de la SCJN 130/2021'.

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Cómo citar

Artículo 183 Quáter, Código Penal de Baja California Sur (Baja California Sur). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-penal/articulo-183-quater/

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