CCBC · Art. 1174

Artículo 1174 del Código Civil de Baja California

Libro tercero. De las sucesiones · Titulo primero. Disposiciones preliminares

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026

Si el autor de la herencia y sus herederos o legatario perecieren en el mismo desastre o en el mismo día sin que se pueda averiguar a ciencia cierta quienes murieron antes, se tendrán todos por muertos al mismo tiempo, y no habrá lugar entre ellos a la transmisión de la herencia o legado.

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(Periódico Oficial del Estado de Baja California)
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Cómo citar

Artículo 1174, Código Civil de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1174/

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