Artículo 2403 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si el autor de la herencia y sus herederos o legatarios perecieron en el mismo desastre o el mismo día, sin que se pueda determinar exactamente quiénes murieron antes, se tendrán todos por muertos al mismo tiempo, y no habrá lugar entre ellos a la transmisión de la herencia o legado.