Artículo 2407 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El legatario adquiere derecho al legado puro y simple, así como al de día cierto, desde el momento de la muerte del testador.