Artículo 2405 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Cada heredero puede disponer del derecho que tiene a la herencia, pero no puede disponer de los bienes que la forman.