Artículo 2546 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
El legatario adquiere derecho al legado puro y simple, así como al de día cierto, desde el momento de la muerte del testador.