Artículo 2549 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Si dos o más coherederos quisieran hacer uso del derecho del tanto o del retracto en su caso, será preferido el que representa mayor porción en la herencia y siendo iguales el designado por la suerte, salvo convenio en contrario.