Artículo 2425 del Código Civil de Nayarit
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
El legatario adquiere derecho al legado puro y simple, así como al de día cierto, desde el momento de la muerte del testador.