Artículo 2402 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Cuando toda herencia se distribuya en legados, los legatarios serán considerados como herederos.