Artículo 1173 del Código Civil de Baja California
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Cuando toda la herencia se distribuya en legados, los legatarios serán considerados como herederos.