CCBC · Art. 2493

Artículo 2493 del Código Civil de Baja California

Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo décimo. Del contrato de prestacion de servicios. · Capitulo II. Del contrato de obras a precio alzado

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026

El perito que forme el plano, diseño o presupuesto de una obra, y la ejecute, no puede cobrar el plano, diseño o presupuesto fuera del honorario de la obra; más si ésta no se ha ejecutado por causa del dueño, podrá cobrarlo, a no ser que al encargárselo se haya pactado que el dueño no lo paga si no le conviene aceptarlo.

Leer de corridodentro de Titulo décimo. Del contrato de prestacion de servicios.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Baja California)
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Transitorios (132 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 2493, Código Civil de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2493/

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