Artículo 483 del Código Civil de Baja California
Libro primero. De las personas · Titulo noveno. De la tutela · Capitulo IV. De la tutela legitima de personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer, y ésta lo es de su marido.