CPBC · Art. 64

Artículo 64 del Código Penal de Baja California

Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias juridicas del delito · Capitulo V. Decomiso y perdida de los instrumentos y objetos relacionados con el delito

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026

Venta de bienes a disposición de la autoridad.- Los objetos o valores que se encuentren a disposición de las autoridades investigadoras o judiciales que no hayan sido decomisados y que no sean reclamados por quien tenga derecho a ello, en un lapso de noventa días naturales, contados a partir de la notificación al interesado, tratándose de objetos, se enajenarán en subasta pública y el producto de la venta se aplicará a quien tenga derecho a recibirlo. Si no se presenta dentro de los tres meses siguientes a la fecha de notificación, el producto de la venta se destinara al mejoramiento de la administración de la justicia, previas las deducciones de los gastos ocasionados.

En el caso de bienes que se encuentren a disposición de la autoridad, que no se deban destruir y que no se puedan conservar o sean de costoso mantenimiento, se procederá a su venta inmediata en subasta pública y el producto se dejará a disposición de quien tenga derecho al mismo por el lapso de tres meses, a partir de la notificación que se le haga, transcurrido el cual se aplicará al mejoramiento de la administración de justicia.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Baja California)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo Reformado
  • Historial de la fuente: Fue reformado por Decreto No. 161, publicado en el Periódico Oficial No. 24, de fecha 12 de junio de 1998, Sección I, Tomo CV, expedido por la H. XV Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Héctor Terán Terán, 1995-2001;

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  • Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').
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Transitorios (239 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 64, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-64/

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