Artículo 161 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro primero. De los ingresos · Título tercero. De los ingresos por contribuciones · Capítulo VI. Del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
Los contribuyentes pagarán el impuesto a que se refiere este Capítulo durante los tres primeros meses del ejercicio fiscal ante las oficinas recaudadoras de la Secretaría o auxiliares autorizados, salvo que en el Capítulo correspondiente se establezca disposición en contrario.