Artículo 179 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro primero. De los ingresos · Título tercero. De los ingresos por contribuciones · Capítulo IX. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Sección Segunda. De los Servicios de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
Por los servicios de evaluación de fuentes móviles, que efectúe la autoridad competente en los términos de la legislación correspondiente, se pagarán las siguientes cuotas:
I.Se deroga.
II.Se deroga.
III.Se deroga.
IV.Se deroga.
V.Por la certificación, acreditación y autorización a personas físicas y/o morales para la comercialización
y/o instalación de sistemas, equipos y dispositivos de control de emisiones…………………………. $8,506.00
a). Para el caso de las renovaciones anuales de certificación, acreditación y autorización serán de
………………………………………………………………………………………………………………………..... $2,125.00
VI.Por la revalidación de la autorización para operar y mantener un centro de verificación vehicular, por línea de verificación a gasolina y dual, una cuota de…………………………………………….....$28,692.00
VII.Por la revalidación de la autorización para operar y mantener un centro de verificación vehicular, por línea de verificación a diesel, una cuota de…………………………………………………..……...$8,428.00