CPCDMX · Art. 250

Artículo 250 del Código Penal de la Ciudad de México

LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL · TÍTULO DÉCIMO SEXTO. OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA · CAPÍTULO ÚNICO. OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de agosto de 2026

Al que por sí o por interpósita persona posea, adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, altere, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita, se le impondrán de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa.

Las penas previstas en el párrafo anterior serán aumentadas en una mitad cuando el delito se cometa por servidores públicos; además, se impondrá a dichos servidores públicos, destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Para efectos de este artículo se entiende que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, sobre los que se acredite su ilegítima procedencia o exista certeza de que provienen directa o indirectamente de la comisión de algún delito o representan las ganancias derivadas de éste.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
9adf8e2611f4…
Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • art. 136: inicia con 'Derogado.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición.

Transitorios (146 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 250, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-250/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.