LMCDMX · Art. 88

Artículo 88 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Titulo tercero. Del sistema de movilidad · Capitulo IV. De las concesiones

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de agosto de 2025

La Secretaría llevará a cabo, el control, atención y tratamiento de los concesionarios de los servicios de transporte, en un plano de igualdad. Previo estudio de factibilidad, establecerá los mecanismos necesarios para implementarle servicio de transporte público proporcionado por el Gobierno de la Ciudad de México, con objeto de garantizar su acceso a todos los sectores de la población, sobre todo a las zonas populares o aquellas, en donde el servicio proporcionado por los concesionarios sea insuficiente.

Para los efectos de este artículo, los estudios de factibilidad deberán contemplar los siguientes requisitos:

I.Los resultados de los estudios técnicos que justifiquen el servicio;

II.El número de unidades necesarias para prestar el servicio;

III.El tipo y características de los vehículos que se requerirán;

IV.Que la prestación de este servicio de transporte, no genere una competencia ruinosa a los concesionarios;

V.Las afectaciones que tendrá la prestación del servicio de transporte público sobre la vialidad; y

VI.Las demás que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Leer de corridodentro de Capitulo IV. De las concesiones

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
638a249d8fab…
Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición.

Transitorios (17 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 88, Ley de Movilidad de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 27 ago 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-88/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.