Artículo 2671 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones · Capitulo I. Disposiciones generales · De las sociedades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
EL CONTRATO DE SOCIEDAD NO PUEDE MODIFICARSE, SINO POR CONSENTIMIENTO UNANIME DE LOS SOCIOS.