Artículo 2687 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones · Capitulo III. De la administracion de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
SIENDO VARIOS LOS SOCIOS ENCARGADOS INDISTINTAMENTE DE LA ADMINISTRACION, SIN DECLARACION DE QUE DEBERAN PROCEDER DE ACUERDO, PODRA CADA UNO DE ELLOS, PRACTICAR SEPARADAMENTE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE CREA OPORTUNOS.