Artículo 244 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo VI. Sociedades · Sección tercera. Administración de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Siendo varios los socios encargados indistintamente de la administración, sin declaración de que deberán proceder de acuerdo, podrá cada uno de ellos practicar separadamente los actos administrativos que crea oportunos.