Artículo 2816 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimocuarto. De la fianza · Capitulo V. De la extincion de la fianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
SI LA OBLIGACION DEL DEUDOR Y LA DEL FIADOR SE CONFUNDEN PORQUE UNO HEREDE AL OTRO, NO SE EXTINGUE LA OBLIGACION DEL QUE FIO AL FIADOR.