Artículo 1238 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo III. De la capacidad para heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si la institución de heredero es condicional, para que éste pueda suceder se requiere que sea capaz de heredar al tiempo en que se cumpla la condición.