Artículo 1412 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
No tendrá validez el testamento mientras no se justifique la identidad del testador.
Si se recurre a testigos de identidad, éstos deberán ser conocidos del Notario o de los testigos instrumentales.