Artículo 2237 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título cuarto. De las donaciones · Capítulo I. De las donaciones en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La donación de bienes raíces se hará en la misma forma que para su venta exigen los artículos 2187 a 2190.
En las donaciones, los condueños no gozarán del derecho del tanto.