Artículo 2303 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Se prohibe a los servidores públicos tomar en arrendamiento, por sí o por interpósita persona, los bienes que deban arrendarse en los juicios, asuntos o negocios en que intervengan.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 588-03 VI P.E. publicado en el P.O.E. No. 35 del 30 de abril del 2003].