Artículo 2378 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo VII. Del subarrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si el subarrendamiento se hiciere en virtud de la autorización general concedida en el contrato, el arrendatario será responsable ante el arrendador, como si él mismo continuará en el uso o goce de la cosa.
Además de la responsabilidad del arrendatario, prevista en el párrafo anterior, el subarrendatario responderá también en forma solidaria ante el arrendador.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 588-03 VI P.E. publicado en el P.O.E. No. 35 del 30 de abril del 2003].