Artículo 2512 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título décimo. Del contrato de prestación de servicios · Capítulo I. De la prestación de servicios profesionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Siempre que un profesionista, técnico o especialista no pueda continuar prestando sus servicios, deberá avisar oportunamente a quien lo contrato, siendo responsable de los daños y perjuicios que se causen por no dar el aviso con oportunidad. Respecto de los abogados se observará además lo dispuesto en el artículo 2488.