Artículo 572 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título noveno. De la tutela · Capítulo XI. De las cuentas de la tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Lo dispuesto en el artículo anterior se entiende sin perjuicio de la responsabilidad que, después de intentadas las acciones, puede resultar al tutor por culpa o negligencia en el desempeño de su encargo.