Artículo 100 del Código Penal de Chihuahua
Alcance del perdón
Libro primero. Disposiciones generales · Título quinto. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad · Capítulo V. Perdón que otorga el ofendido en los delitos de querella
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 29 de agosto de 2026
El perdón otorgado a favor de uno de los imputados o sentenciados, beneficiará a los demás participantes del delito y encubridores.
Deberá otorgarse ante la autoridad investigadora, la judicial que conozca de la instancia relativa o ante la autoridad ejecutora, según sea el caso.