Artículo 180 Ter del Código Penal de Chihuahua
Libro segundo · Parte especial · Título quinto. Delitos contra la libertad y la seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual · Capítulo VII. Contra la intimidad sexual
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 29 de agosto de 2026
A quien mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación o cualquier otro medio, simule la apariencia de una persona, en imágenes o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual, que haga presumir la aparición de la víctima en dicho contenido y lo revele o difunda sin el consentimiento de la víctima, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de cien a doscientos días de multa.