Artículo 1440 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo I. De la propiedad · Sección quinta. Del derecho y de las relaciones de vecindad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Sólo se pueden plantar árboles junto a un inmueble urbano ajeno, a la distancia de tres metros de la línea divisoria, si la plantación se hace de árboles grandes, y de metro y medio si la plantación se hace de arbustos o árboles pequeños.