Artículo 1456 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo I. De la propiedad · Sección quinta. Del derecho y de las relaciones de vecindad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Independientemente de la responsabilidad administrativa en que pueden incurrir quienes realizan tales actividades, los afectados podrán exigir la responsabilidad civil a quienes las realicen, acreditando los daños y perjuicios que se les hayan causado con motivo de las infracciones administrativas en que hubieren incurrido los causantes.
Los servidores públicos que otorguen la licencia para tales actividades violando norma expresa, que fueren negligentes en ordenar las medidas correctoras, u omitan aplicar las sanciones procedentes, asumirán por tales causas responsabilidad civil solidaria frente a los afectados.