Artículo 1496 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo I. De la propiedad · Sección sexta. De la copropiedad · Subsección segunda. Del régimen de propiedad en condominio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Cada propietario podrá enajenar, hipotecar o gravar en cualquiera otra forma su departamento, piso, vivienda, casa o local, sin conocimiento o sin consentimiento de los demás condóminos y en la enajenación, gravamen o embargo de ese departamento, piso, vivienda, casa o local, se entenderán comprendidos los derechos sobre los bienes comunes que le son anexos.