Artículo 1520 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo II. Del usufructo · Sección primera. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Los acreedores del usufructuario pueden:
I.Embargar los productos del usufructo.
II.Oponerse a la cesión o renuncia de éste, cuando se haga en fraude de sus derechos.