Artículo 1195 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XI. Derecho real de usufructo · Sección primera. Generalidades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Los acreedores del usufructuario pueden:
I.Embargar los productos del usufructo; y,
II.Oponerse a la cesión o renuncia de éste, cuando se haga en fraude de sus derechos.