Artículo 1194 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XI. Derecho real de usufructo · Sección primera. Generalidades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Es vitalicio el usufructo:
I.Si en el título constitutivo no se expresa lo contrario; y,
II.Cuando se adquiere por usucapión.